Libertad para la ciudadanía
Ignacio Uría
Profesor Asociado de la Universidad de Navarra
Una revolución silenciosa
Jesús Trillo Figueroa

 

Puntos de partida

        Dice el PSOE –y lo creo– que "las religiones siembran fronteras entre los ciudadanos" y que "la enseñanza impartida por el Estado no debe ser neutral" (Manifiesto Constitución, laicidad y Educación para la Ciudadanía, diciembre de 2006). Por eso, el fin de la asignatura Educación para la ciudadanía es educar a los alumnos en el "mínimo común ético" obligatorio e independiente de las creencias o valores de los padres.

        Afirma Gregorio Peces-Barba –y le creo– que Educación para la ciudadanía "es un cambio revolucionario en la enseñanza en España. [...] Sólo con poner en marcha esta iniciativa el Gobierno habría justificado toda la legislatura" (El País, 22.XI.2004). Lo asegura el gran teórico del laicismo español y rector de la Universidad Carlos III, en la que se urdió la asignatura.

        Asegura el P. Manuel de Castro –y se equivoca– que "es posible la adaptación de la asignatura de Educación para la ciudadanía al ideario de los centros privados". Aplaudo la buena fe del Secretario General de la FERE (Federación Española de Religiosos de Enseñanza), aunque no aclare cómo y por cuánto tiempo podrá hacerse esa adaptación.

        Por el contrario, la Ley Orgánica de Educación (LOE) es indiscutible en este punto: no es posible adaptar la nueva materia a nada. Al contrario, establece explícitamente que los colegios privados (concertados o no) que quieran adaptar la asignatura a su ideario tendrán el límite insalvable de los "contenidos legales mínimos obligatorios". Es decir, los que fija la propia LOE, que está para ser cumplida y no para que la interprete el que debe cumplirla.

Doctrina de Estado

        Declara el Ministerio de Educación –y confunde a la opinión pública– que esta asignatura debe implantarse en España porque la Unión Europea lo exige. Sin embargo, la UE sólo recomienda el establecimiento de la asignatura, pero con total libertad de cada Estado para hacer (o no hacer) lo que quiera. Por eso Suecia no la tiene como materia independiente; Austria sólo la imparte en Formación Profesional y en Noruega se titula "Cristianismo, religión y ética", ya que es un país confesional luterano.

        Proclama el Gobierno de España –y es una verdad a medias– que esta disciplina ya se imparte en el resto de Europa. Sí, pero no. Es cierto que una asignatura del mismo nombre está en algunos planes de estudios europeos. Ahora bien, se trata de una formación cívica sobre principios constitucionales, e instituciones del Estado. Es decir, en Europa la asignatura transmite conocimientos, pero no los interpreta (y, mucho menos, exige adhesión personal) porque la materia nació como un complemento a la educación de los inmigrantes, desconocedores, en su mayoría de cómo funcionan las democracias occidentales.

        Si ese fuera su contenido en España, no habría queja. En nuestro país, sin embargo, Educación para la ciudadanía impone una ética laicista que ataca las creencias mayoritarias sobre la familia, la persona y la vida. Lo hace porque esa asignatura se basa en dos principios: la verdad no existe (relativismo moral) y la ley es el único referente ético (positivismo jurídico). Por eso esta materia llega a las aulas cuando el PSOE ya ha modificado el Código Civil en aspectos de relativos a Persona (transexualidad) y Familia (filiación natural, matrimonio homosexual, adopción, divorcio exprés).

Los partidarios

        Con esas premisas, Educación para la ciudadanía reclama que los alumnos construyan sus "proyectos personales de vida" según principios éticos que niegan la posibilidad de conocer la Verdad o el Bien. Por tanto, el objetivo último de nuestro Gobierno es la formación de niños y adolescentes en "afectos y emociones" con el fin de moldear sus conciencias según la ideología laicista del Estado, ajena por completo a la existencia del Derecho natural.

        Entre otras cosas, la nueva ideología estatal obligatoria promueve la "libre orientación afectivo-sexual". Es decir, cada persona elige su "género" (hombre o mujer) con independencia, tanto del "sexo" (macho o hembra) con el que ha nacido, como de su "orientación sexual" (homosexual, heterosexual, bisexual, transexual). Por eso el lobby gay afirma que "Educación para la ciudadanía es la gran oportunidad para los derechos de gays, lesbianas, bisexuales y transexuales", ya que enseñará que la identidad sexual se construye y cambia según los deseos de cada uno (Francisco Pérez Diego, portavoz de los Encuentros Estatales de Grupos LGTB de España, Agencia EFE, 15.IV.2007).

        Entre los criterios de evaluación de la asignatura destaca el número 1, que reclama al profesor la comprobación de que cada alumno "asume y controla sus propios sentimientos". Para ello es necesario confesar al profesor esos sentimientos personales y que él les ponga una nota. Por ejemplo, un 4 en "Compasión" o un Sobresaliente en "Alegría". Pero, más allá del sarcasmo, esa exigencia podría suponer una vulneración del artículo 18.1 de la Constitución, que garantiza el derecho a la intimidad personal y familiar.

Para tener en cuenta

        En síntesis, la controversia sobre esta asignatura no se reduce a un problema de educación sexual o a un activismo católico mal entendido, sino que se centra en el ataque a la libertad de los padres para educar a sus hijos según sus valores morales (por ejemplo, de humanismo laico) y, en su caso, religiosos (cristianos, judíos o musulmanes, por citar las religiones más arraigadas en España) como garantiza el artículo 27.3 de la Constitución en relación al 16.1, en un estado que hace del pluralismo uno de sus pilares constitucionales (artículo 1.1).

        Esta es la novedad totalitaria de la asignatura Educación para la ciudadanía: consagrar que los hijos deben ser educados conforme a la ideología del Estado y no según las convicciones morales de sus padres.

        En contra de esa novedad se ha pronunciado –dos veces en 2007– el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, confirmando el derecho de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones morales y religiosas. En ambas sentencias –una sobre una demanda turca y otra sobre una finlandesa–, Estrasburgo recuerda que los estados del Consejo de Europa (España entre ellos) tienen la obligación de ser "neutrales" y respetar el derecho de los padres a educar a sus hijos con plena libertad y sin interferencias de los Poderes públicos.

        Ahora que se comienza a amenazar a los colegios –el último el CEU Loreto-Abat Oliva, de Barcelona– con retirarles la licencia educativa si no imparten Educación para la ciudadanía, es el momento de exigir libertad. Libertad ideológica y de las conciencias. Verdadera libertad ciudadana. ¿Cómo? En los tribunales (con recursos a la Ley Orgánica de Educación) y en la calle (con la objeción de conciencia a la obligatoriedad de la asignatura (www.objetamos.com) de los padres que puedan ejercer ese derecho).