Una comparación

Alfonso Aguiló
Libertad y tolerancia en una sociedad plural: el arte de convivir
Alfonso Aguiló

        Si el Estado se inhibiera ante el aborto, atentaría gravemente contra la exigencia ética de protección de la vida e integridad de los individuos, como lo haría –por ejemplo– si se inhibiera ante el uso impune de la tortura por parte de la policía.

        La tortura es abominable, y nadie podría justificarla aduciendo que los torturadores piensan que se trata de un asunto que pertenece a su propia conciencia y son por tanto libres de practicarla si lo consideran oportuno.

        —¿Y por qué crees que se comprende tan claramente en el caso de la tortura, y sin embargo no ocurre así con el aborto?

        La tortura nos la podemos imaginar fácilmente en toda su crudeza y todo su horror, pero, en cambio, hay que hacer un esfuerzo para imaginar la realidad cruda y horrible de un aborto provocado.

        Pero si una madre, antes de decidirse a abortar, viera en vídeo lo que va a suceder con su hijo, me temo que muy pocas madres llegarían a abortar.

        —Antes hablabas de exigencias éticas del Estado. ¿Quieres decir que el Estado tiene que sancionar todo lo que la moral prohíbe?

        No. Por ejemplo, el Estado no puede sancionar las conductas inmorales que permanezcan en el terreno de la intimidad de las personas. Tampoco castiga algunas otras, aunque se produzcan en el fuero externo, porque es preferible tolerarlas, para evitar así males mayores (por ejemplo, porque lesionarían sensiblemente algunas libertades: así sucede con la mentira, por lo que la mayoría de los Estados solo penalizan la mentira "cualificada": perjurio, falsedad en documento público, etc.).

        Pienso que el aborto está entre las que sí debe sancionar, pues con la legalización del aborto la autoridad civil legitimaría esa bárbara libertad que se toma el fuerte sobre el débil, y omitiría uno de sus deberes más primarios: la defensa de la vida inocente.

        El Estado ha de poner los medios necesarios para que no se practiquen abortos, del mismo modo que ha de velar para que no se asesine, se viole o se robe.

        Tolerar el atentado contra el derecho fundamental a la vida sería una de las formas más radicales de intolerancia: la que no tolera el desarrollo normal de vidas humanas incipientes.

        —De todas formas, de poco sirve declararlo ilegal, pues si en su país no pueden abortar, lo harán viajando al extranjero.

        Con esa lógica, siempre habría que armonizar internacionalmente las leyes al nivel ético más bajo, adaptando cada una de ellas a las del país en el que hubiera mayor relajación en ese punto.

        Acabaríamos, por ejemplo, teniendo que legalizar la venta de órganos de personas vivas con la excusa de que en la India es una práctica tolerada y hay pobres dispuestos a viajar allí para vender uno de sus riñones.

        —¿Y no te parece que se presentan en ocasiones algunos casos límite en los que el aborto debía estar permitido?

        Es indudable que se dan casos especialmente conmovedores. Casos que incluso parecen justificar el recurso a procedimientos extremos. Pero nunca puede admitirse como solución matar a un ser humano inocente.

        Otra cosa es que todas las legislaciones penales contemplan con carácter general algunos casos en los cuales una persona se ha podido ver inducida física o psíquicamente a cometer un delito (cualquier delito, no solo el aborto), y establecen entonces una exención parcial o total de la responsabilidad penal del autor.