Italia rechaza el eurocontrol
Piero A. Tozzi
C-FAM
Génesis: el origen del universo, de la vida y del hombre
Diego Martínez Caro

 

 

 

El tribunal de Estrasburgo se excede en sus funciones

        Una decisión tomada por el Tribunal Constitucional de Italia el pasado mes de noviembre, que apenas trascendió, puede llegar a tener importantes repercusiones en lo que respecta al rumbo de Europa, ya que consolida la soberanía nacional como baluarte de resistencia ante el exceso de las instituciones europeas que traspasan los límites nacionales.

        También señala la continua importancia de las constituciones nacionales, pese a la entrada en vigor del Tratado de Lisboa a comienzos de diciembre de 2009.

        En su Sentenza N. 311, el Tribunal Constitucional italiano dispuso que cuando las resoluciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos entran en conflicto con las disposiciones de la Constitución italiana, dichas resoluciones «son ilegítimas». Fuentes cercanas al poder judicial italiano informaron a Friday Fax que la sentencia fue dictaminada para advertir que las resoluciones de los activistas del Tribunal de Estrasburgo que excedan los límites jurisdiccionales no serán consideradas.

        Las fuentes mencionadas señalan la fecha de la decisión, posterior a una resolución del Tribunal de Derechos Humanos a comienzos de noviembre, Lautsi vs. Italia, por la que se dispuso que los crucifijos fueran retirados de las aulas italianas. Actualmente, el gobierno italiano apela esta sentencia ante la Gran Cámara.

        Según Roger Kiska, asesor jurídico europeo del Alliance Defense Fund, el caso Lautsi presenta fallas en una serie de aspectos que incluyen la trasgresión de límites (el Tribunal no es una corte constitucional) y el desinterés por «la soberanía cultural de cada Estado Miembro». La sentencia del Tribunal Constitucional, la cual atiende asuntos de la función pública que no guardan relación alguna con la cuestión de los crucifijos, indica que Italia podría estar dispuesta a romper relaciones con el Tribunal Europeo si se enfrenta a una decisión adversa.

        Asimismo, Kiska observa que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos poco tiempo atrás analizó una demanda en el caso A, B y C vs. Irlanda, que supone un desafío directo a la protección constitucional irlandesa de los no nacidos. La decisión del tribunal italiano podría envalentonar a la Corte Suprema irlandesa en caso de una sentencia desfavorable.

Un precedente reconocido

        Subyace al debate el lugar que la «subsidiariedad» tendrá en la Europa post Lisboa. Según este principio, las decisiones se toman mejor cuando están en manos del nivel local más cercano a la población que será afectada por ellas, garantizando que los valores y las normas nacionales no sean anulados por mandatos verticalistas.

        Los observadores advierten que los documentos fundacionales de la Europa unificada (los Tratados de Roma de 1957 que constituyen la Comunidad Económica Europea) consagran el concepto de subsidiariedad, y un protocolo del tratado de Lisboa establece que las instituciones europeas deben «asegurar el respeto a los principios de subsidiariedad y proporcionalidad».

        Al reafirmar que la Constitución italiana es la palabra final frente a decisiones de los organismos transnacionales, el Tribunal Constitucional establece un límite similar al dispuesto por la Corte Suprema de los Estados Unidos en 2008, cuando rechazó una directiva del Tribunal Internacional de La Haya por ser incompatible con la Constitución de los Estados Unidos.

        Italia cuenta con dos Tribunales Superiores: uno a cargo de los asuntos constitucionales y otro, la Corte Suprema di Cassazione, tribunal de revisión de última instancia de competencia general, excepto asuntos de materia constitucional. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, institución perteneciente al Consejo de Europa, es distinto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, máximo tribunal de la Unión Europea.